Bolivia | Ley No 738 del 21 de Septiembre de 2015

RESUMEN: LEY DE INSTITUTOS DE CUARTO NIVEL DE SALUD.

LEY Nº 738
LEY DE 21 DE SEPTIEMBRE DE 2015

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

LEY DE INSTITUTOS DE CUARTO NIVEL DE SALUD

Artículo 1. (OBJETO).

La presente Ley tiene por objeto establecer el marco competencial y la entidad responsable del nivel central del Estado, para la implementación y funcionamiento de los Institutos de Cuarto Nivel de Salud.

Artículo 2. (MARCO COMPETENCIAL).

En el marco del Parágrafo II del Artículo 297 de la Ver 2298 caracteres restantes


¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?

Inicia Sesión
o,
Crea una Cuenta Gratis !




FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0792

Tipo: LEY No 738

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/ley-no-738-del-21-de-septiembre-de-2015

Más información por Whatsapp

Aprovecha los descuentos !


Vobolex.org Powered by Derechoteca ©®™ 2024