LEY Nº 738
LEY DE 21 DE SEPTIEMBRE DE 2015
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
LEY DE INSTITUTOS DE CUARTO NIVEL DE SALUD
Artículo 1. (OBJETO).
La presente Ley tiene por objeto establecer el marco competencial y la entidad responsable del nivel central del Estado, para la implementación y funcionamiento de los Institutos de Cuarto Nivel de Salud.
Artículo 2. (MARCO COMPETENCIAL).
En el marco del Parágrafo II del Artículo 297 de la Ver 2298 caracteres restantes
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