DECRETO SUPREMO N° 2527
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, determina que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
Que el Artículo 4 del Decreto Supremo N° 21666, de 24 de julio de 1987, señala que se constituye la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico dependiente del Ministerio del Interior, Migración y Justicia actual Ministerio de Gobierno, integrada por miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional actual Policía Boliviana, que prestarán funciones en comisión de servicio en esta un...
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