Decreto Supremo Nº 29628
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 3351 de 21 de febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo, define la estructura del Poder Ejecutivo determinando el número de Ministros, sus atribuciones y otras normas relacionadas con la organización del Poder Ejecutivo.
Que el Artículo 4 de la Ley Nº 3351 establece las atribuciones específicas de los Ministros de Estado, entre ellos el de Planificación del Desarrollo que entre otras cuenta con las de: planificar y coordinar el desarrollo integral del país, definir políticas para fortalecer la presencia del Estado como actor productivo y financiero para la redistribución de la riqueza económica, ejercer las facultades de órgano rector de los Sistemas Nacionales de Planificación, Inversión Pública y Financiamiento, plantear políticas y estrategias de inversión pública y financiamiento para el desarrollo nacional, realizar el seguimiento de los Sistemas Nacionales de Inversión Pública de Planificación y Financiamiento y gestionar convenios de financiamiento externo, de Cooperación Económica y Financiera Internacional, entre otras.
Que el Artículo 55 del Decreto Supremo Nº 28631 de 8 de marzo de 2006, Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, establece la estructura del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo del Ministerio de Planificación del Desarrollo, que cuenta con las Direcciones Generales de Inversión Pública, de Financiamiento Externo y de Fondos.
Que el Artículo 57 del Decreto Supremo Nº 28631 establece las funciones del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo, entre las que se encuentran, el planteamiento de políticas y estrategias de inversión pública y finan...
Ver 6741 caracteres restantes
¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?
Inicia Sesión
o,
Crea una Cuenta Gratis !