Ley Nº 390
LUIS ADOLFO SILES SALINAS
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA a.i
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Se autoriza al Poder Ejecutivo para que negocie o contrate con cualquier organismo o entidad internacional, o con alguna institución gubernamental extranjera, un crédito equivalente a DOLARES TRESCIENTOS MIL ($us 300.000.-), ya sea en servicio o en dinero con destino exclusivo a la realización de estudios socio-económicos y de factibilidad, así como a la elaboración de pr...
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