DECRETO SUPREMO Nº 26155
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante D.S. Nº 25737 de fecha 14 de abril de 2000, se aprueba el Plan de Readecuación Financiera para las entidades del sector público que han superado los límites de endeudamiento o presentan problemas fiscales y financieros.
Que el objetivo general del Plan de Readecuación Financiera consiste en lograr el saneamiento y sostenibilidad fiscal de las entidades públicas con problemas de endeudamiento.
QUE DE ACUERDO AL ARTÍCULO 7º DEL D.- S. Nº 25737, el Ministerio de Hacienda, a través del Viceministerio del Tesoro y Crédito Público, apoyará a la entidad pública sujeta al Plan de Readecuación Financiera, en las gestiones tendientes a lograr una reprogramación y/o refinanciamiento de su deuda con los Fondos y/o otras entidades estatales, así como la deuda directa con el Tesoro General de la Nación y con entidades en liquidación a través del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado.
QUE DE ACUERDO AL ARTÍCULO 11º DEL D.- S. Nº 25737, los Fondos de Inversión y Desarrollo ni ninguna otra entidad estatal podrán reprogramar y/o refinanciar deuda, a las entidades públicas que no estén sujetas a un Plan de Readecuación Financiera con el Ministerio de Hacienda a través del Viceministerio de Tesoro y Crédito Público.
QUE DE ACUERDO AL ARTÍCULO 9...
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