DECRETO SUPREMO No 28038
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 1632 de 5 de julio de 1995 – Ley de Telecomunicaciones, modificada por la Ley Nº 2342 de 25 de abril de 2002, así como, el Decreto Supremo Nº 24132 de 27 de septiembre de 1995, el Decreto Supremo Nº 24778 de 31 de julio de 1997, el Decreto Supremo Nº 24995 de 30 de marzo de 1998, el Decreto Supremo Nº 25952 de 20 de octubre de 2000 y el Decreto Supremo Nº 26011 de 1 de diciembre de 2000, entre otras provisiones relativas a este sector, contienen normas relativas a los sistemas de apoyo de facturación, cobranza y corte.
Que para completar las medidas de interconexión contenida en el Reglamento de Interconexión aprobado por el Decreto Supremo Nº 26011 de 1 de diciembre de 2000, se promulgó el Decreto Supremo Nº 26401 de 30 de noviembre de 2001 que aprobó el Reglamento de Facturación Cobranza y Corte del Sector de Telecomunicaciones.
Que en aplicación del Artículo 3 de la Ley Nº 1632 – Ley de Telecomunicaciones, corresponde al Poder Ejecutivo reglamentar las normas aplicables a este sector.
Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar...
Ver 6360 caracteres restantes
¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?
Inicia Sesión
o,
Crea una Cuenta Gratis !