DECRETO SUPREMO Nº 07916
RENÉ BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERAND O:
Que si bien por Decreto Ley No. 07388, de 15 noviembre de 1966, se creó la Dirección Nacional de Hidráulica, esta entidad no se organizó ni entró en funcionamiento hasta el presente, debido a la falta de recursos económicos.
Que es de urgente necesidad nacional contar con este organismo que ejecute lo que le encomienda el Decreto-Ley ya mencionado.
C O N S I D E R A N D O:
Que mediante Decreto Ley No. 07706 de 20 de julio de 1966, se encomendó a la Dirección Nacional de Electricidad (DINE), con carácter transitorio, la atención de las labores de electrificación de las poblaciones de la República, que no estén a cargo de la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE), hasta que el Supremo Gobierno determine la entidad que tome a su cargo tales labores; tareas que habiendo sido reorganizada la DINE por Decreto Ley No. 07707, como organismo del Gobierno encargado de la regulación, fiscalización y coordinación de la industria eléctrica del país, no le corresponde.
QUE EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 1º DEL DECRETO LEY NO.- 07706, es necesario designar una entidad que se encargue, con carácter permanente de las labores de electrificación de poblaciones y que en base al carácter social de esta tarea, es deber del Estado tomarla a su cargo.
C O N S I D E R A N D O:
Que a fin de evitar la creación de organismos estatales que incidirán en el Presupuesto General de la Nación, e...
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