Bolivia | Decreto Supremo No 5222 del 11 de Septiembre de 2024

RESUMEN: Con la finalidad de incorporar los combustibles con mezcla de aditivos de origen vegetal en la comercialización a los Grandes Consumidores de Productos Regulados en plantas de almacenaje, el presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Decreto Supremo Nº 25835, de 7 de julio de 2000

DECRETO SUPREMO N° 5222

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 360 de la Constitución Política del Estado determina que el Estado definirá la política de hidrocarburos, promoverá su desarrollo integral, sustentable y equitativo, y garantizará la soberanía energética.

Que el Parágrafo I del Artículo 361 del Texto Constitucional establece que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB es una empresa autárquica de derecho público, inembargable, con autonomía de gestión administrativa, técnica y económica, en el marco de la política estatal de hidrocarburos. YPFB, bajo tuición del Ministerio del ramo y como brazo operativo del Estado, es la única facultada para realizar las actividades de la cadena productiva de hidrocarburos y su comercialización.

Que el inciso d) del Artículo 10 de la Ley N° 3058, de 17 de mayo de 2005, de Hidrocarburos, dispone que las actividades petroleras se regirán entre otros principios por el de Continuidad que obliga a que el abastecimiento de los hidrocarburos y los servicios de transporte y distribución, aseguren satisfacer la demanda del mercado interno de manera permanente e ininterrumpida, así como el cumplimiento de los contratos de exportación.

Que los incisos c), d) y f) del Artículo 11 de la Ley N° 3058 señalan como objetivos generales de la Política Nacional de Hidrocarburos, entre otros, generar recursos económicos para fortalecer un proceso sustentable de desarrollo económico y social; garantizar, a corto, mediano y largo plazo, la seguridad energética, satisfaciendo adecuadamente la demanda nacional de hidrocarburos; y garantizar y fomentar el aprovechamiento racional de los hidrocarburos, abasteciendo con prioridad a las necesidades internas del país.

Que la Ver 7592 caracteres restantes


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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1799

Tipo: DECRETO SUPREMO No 5222

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-5222-del-11-de-septiembre-de-2024

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