Decreto Supremo Nº 22152
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Congreso Nacional ha sancionado la Ley Nº 1052 de 8 de febrero de 1989, aprobando el Presupuesto del Gobierno Central en el que se ha previsto para ajuste salarial un monto global de noventa y dos millones trescientos treinta y seis mil quinientos cuarenta y dos Bolivianos (Bs.92.336.542.-).
Que de conformidad al artículo 9 de la Ley Financial, corresponde al Poder Ejecutivo mediante disposiciones de administración financiera, regular las transferencias internas e interinstitucionales del presupuesto aprobado.
Que es decisión del Poder Ejecutivo destinar los recursos comprometidos y disponibles a la racionalización de los salarios de los trabajadores del Sector Público.
Que es necesario reglamentar el régimen de fijación y control de precios, tasas y tarifas en el sector público para adecuarlo a las previsiones del Presupuesto Nacional.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. A partir del 1 de marzo de 1989, se incrementa la masa salarial anual pagada por el Tesoro Nacional, en noventa y dos millones trescientos treinta y seis mil quinientos cuarenta y dos Bolivianos (Bs.92.336.542.-), según la distribución por entidad que se detalla en el anexo.
Para el Ministerio Público, las Cortes de Trabajo, Minería, la Judicatura Agraria y el Tribunal Fiscal, el incremento que se detalla corresponde a nivelaciones y ajustes salariales que rigen a partir del mes de enero del presente año.
ARTÍCULO 2. La entidades beneficiarias del incremento a que se refiere al artículo precedente, bajo responsabilidad de sus principales ejecutivos, distribuirán los montos en escalas salariales y planillas presupuestarias que incluyen bonos de antiguedad, frontera, aguinaldo y las previsiones sociales de ley y requeri...
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